En mayo de 2023, Chile implementó la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos,
registrando 237 mil deudores (96% hombres). Si bien la ley aborda una deuda histórica, generó hostilidad hacia madres y activistas,
extendiéndose al ámbito digital y a sus hijos e hijas. En ese contexto, este estudio exploró una posible nueva violencia imbricada
en la intersección entre la violencia vicaria y la digital, además de sus características y formas en que las sobrevivientes la resisten.
Mediante grupos focales con 10 madres, se analizaron datos cualitativos con Atlas.ti y no solo se corroboró la existencia de esta violencia
interseccional, sino que también se identificaron cinco expresiones de la violencia vicaria digital: 1) Hipervigilancia mediante tecnología,
2) Violencia digital directa, 3) Uso de tecnología para difamar la maternidad, 4) Violencia vincular digital y 5) Manipulación de redes sociales
a favor del agresor. Los resultados evidenciaron que el sistema judicial carece de herramientas para enfrentarla y que esta violencia afecta la
autonomía económica y relación de las mujeres con la tecnología. Si bien este estudio se centró en Chile, da cuenta de un fenómeno que se ha
registrado en diversos países hispanohablantes.
Palabras clave:Violencia vicaria, violencia de género, violencia digital, ciberacoso.
Abstract
In May 2023, Chile implemented the Law on Parental Responsibility and Effective Payment of Child Support Debts, registering 237,000 debtors (96% men).
While the law addresses a historical debt, it generated hostility toward mothers and activists, extending to the digital sphere and their children.
In this context, this study explored a possible new form of violence intertwined at the intersection of vicarious and digital violence, as well as its
characteristics and the ways in which survivors resist it. Through focus groups with 10 mothers, qualitative data were analyzed with Atlas.ti, which not
only corroborated the existence of this intersectional violence but also identified five expressions of digital vicarious violence: 1) Hypervigilance through
technology, 2) Direct digital violence, 3) Use of technology to defame motherhood, 4) Digital relational violence, and 5) Manipulation of social media in favor
of the aggressor. The results showed that the judicial system lacks the tools to address this violence and that it affects women's economic autonomy and
relationship with technology. Although this study focused on Chile, it reflects a phenomenon that has been observed in various Spanish-speaking countries.
Keywords:Vicarious violence, gender violence, digital violence, cyberbullying.
Fechas editoriales
Artículo recibido:21/08/2025
Artículo aceptado para publicación:07/01/2026
Publicado: 30/01/2026
Licencia de uso
Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una Licencia Creative Commons
CC BY 4.0.
Introducción
En mayo de 2023, entró en vigencia en Chile la Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos, también conocida como “Ley Papito Corazón” (Ley 21484, 2022). Con ella se aborda una deuda histórica de no pago de manutención y deuda prolongada hacia hijas e hijos por parte de progenitores-deudores. Entre las medidas que contempla la normativa, se encuentra la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, en el cual son ingresados aquellos padres y madres que no hayan pagado tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas. Entre las consecuencias de ingresar a este registro, se cuentan: la retención de créditos bancarios que pida el deudor, el traspaso de las ganancias del deudor o deudora por la venta de su inmueble o vehículo a quien deba los alimentos, la no renovación de licencias de conducir y pasaportes, retención de la devolución de impuestos, entre otros. Además, se estableció como delito de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de pensiones alimenticias (Gobierno de Chile, 2022).
A un año de su entrada en vigencia (es decir, hasta mayo del 2024), ya se habían presentado 474 mil solicitudes, decretado 172 mil retenciones de activos de los deudores y dictado 112 mil órdenes de pago que suman unos $830 mil millones de pesos (Carrillo & Espinoza, 2024). En cuanto al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, actualmente cuenta con más de 237 mil deudores catastrados, de los cuales un 96% corresponden a hombres y 4% a mujeres (Insular FM, 2024).
Detrás de este logro no solo estuvieron legisladores y legisladoras y el Estado, sino que también organizaciones de mujeres que luchaban por los derechos de sus hijos e hijas y por maternidades dignas. Colectivas como Maternajes Judicializados, Resistencia Materna Chile y Todas Juntas -entre muchas otras activistas-lucharon por esta transformación en el sistema judicial que permitiera el pago efectivo de las pensiones de alimentos-. Pero lamentablemente, esta ley también ha generado un ambiente hostil hacia quienes exigen el pago de pensiones, principalmente las madres y activistas (Todas Juntas Activismo, 2023). Como ONG Amaranta corroboró en el taller de seguridad digital “Seguras somos más fuertes” de julio del 2023, la violencia digital puede amplificarse en la intersección de violencia de género y maternidad (Ananías & Luza, 2023). En este espacio, organizado junto a Maternajes Judicializados y dirigido hacia familias monomarentales, las activistas y madres asistentes denunciaron sufrir acoso íntimo y no íntimo a través de redes sociales por su activismo o maternidad, hostigamiento a través del correo designado para comunicar pagos y visitas, instalación de programas de vigilancia en los dispositivos de los hijos e hijas en común durante las visitas y hasta el asedio organizado desde organizaciones de padres, entre las que se incluyen fundaciones. De este taller y diálogos, ONG Amaranta detectó lo que parecía ser una nueva forma de violencia de género digital, justo en el cruce entre maternidades, activismos, sistema judicial, violencia de género y violencia vicaria que decidimos nombrar como “violencia vicaria digital”.
¿Estamos ante una nueva violencia de género facilitada por la tecnología? Antes de abordar esta pregunta, primero hay que revisar las definiciones conceptuales que se interrelacionan en este término.
Por violencia de género nos referimos a aquella "violencia contra la mujer es cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado" como declaró la Organización de los Estados Americanos (1995), en la Convención de Belém do Pará. Esta definición vuelve visible una problemática social histórica de la humanidad, la desnormaliza y remueve la idea de que los ataques contra las mujeres son eventos aislados; por el contrario, ocurren en un continuo y en un sistema patriarcal.
Y como agrega un informe de las Naciones Unidas, las formas y manifestaciones de la violencia de género varía según el contexto social, económico y político, por lo que "puede ocurrir que la importancia de algunas formas de violencia crezca mientras la de otras disminuye, a medida que las sociedades pasan por cambios demográficos, reestructuración económica y movimientos sociales y culturales. Por ejemplo, las nuevas tecnologías pueden generar nuevas formas de violencia, como el acecho por la Internet o por teléfono móvil" (Naciones Unidas, 26, p. 41-42). Es por ello que este organismo multilateral indica que no existe ninguna lista exhaustiva de formas de violencia contra la mujer y que los Estados deben reconocer el carácter cambiante de este tipo de violencia y reaccionar rápidamente ante sus diversas formas.
Las tecnologías no son ajenas a este contexto de desigualdad y violencia de género. Es más, debido a sus especificidades técnicas (como el anonimato, difuminación de fronteras geográficas y de horarios) incluso pueden amplificarla. Por eso es importante hablar de violencia de género facilitada por tecnologías y no percibirla como un evento aislado o que surge espontáneamente en Internet, si no como un continuo de la violencia que las mujeres y niñas sufren sistemáticamente (Ananías et al., 2023) y en una diversidad de espacios: sus hogares, lugares de estudio o trabajo, las calles, en el sistema de justicia y en los entornos digitales, solo por nombrar a un par.
Este tipo de violencia es definida por la organización mexicana Luchadoras como "actos de violencia de género cometidos, instigados o agravados por el uso de las tecnologías, plataformas de redes sociales o el correo electrónico" (Luchadoras, 2023). El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) maneja una definición similar y agrega que "se ve facilitada por el diseño y el uso de las tecnologías existentes, así como el de las nuevas y emergentes (tanto de hardware como de software); y está en constante evolución” (UNFPA, 2024). Además, desde Luchadoras hacen hincapié en que esta causa “daños sicológicos y emocionales, refuerzan los prejuicios, dañan la reputación, causan pérdidas económicas, obstaculizan nuestra participación en la vida pública y pueden propiciar otras formas de violencia física o sexual" (Luchadoras, 2023).
Como se desprende de esta definición, aunque la violencia de género facilitada por tecnologías ocurra en el espacio digital, tiene consecuencias emocionales y físicas en las vidas de las sobrevivientes: lo digital es real. Es por eso que desde relatorías de la OEA se ha indicado con urgencia la obligación de los Estados de "promover y garantizar, por ejemplo, la plena participación de las mujeres en la sociedad del conocimiento a fin de poder garantizar la integración y el respeto de los derechos humanos en internet. Los Estados deben asegurar la participación de las mujeres en los procesos de adopción de decisiones y fomentar su contribución a la conformación de todas las esferas de la sociedad de la información a nivel internacional, regional y local" (Lanza, 2017, p.28)
En paralelo y volviendo la mirada hacia los hogares, existen formas de violencia de género específicas que afectan a madres y sus hijos e hijas. Como explica la organización Save The Children:
Los niños y niñas, hijos e hijas de mujeres víctimas de violencia de género son víctimas también de esa violencia de género, y como tales deben ser atendidos y contemplados por el sistema de protección. Lo son porque sufren agresiones directas en muchas ocasiones, porque presencian la violencia entre sus padres y/o simplemente porque viven en un entorno de relaciones violentas y abuso de poder [...] ven y sufren a una madre maltratada, en vez de protectora. Ven y sufren un padre maltratador, en vez de protector (Save The Children, 2008, p.11).
Y como agrega el Consejo de Europa, cada niño o niña que es testigo de la violencia que sufre su madre está sufriendo maltrato psicológico (Consejo de Europa, 2010), por lo que nos encontraríamos ante una vulneración de los derechos de los niños y niñas.
En este contexto, la psicóloga clínica y perita judicial española, Sonia Vaccaro, fue más allá y, tras analizar violencias específicas que surgían en el contexto del fin de una relación o enlace, acuñó el concepto de violencia vicaria, que la define" una modalidad de violencia de género que toma a las hijas e hijos como objeto para continuar el maltrato y la violencia sobre la mujer. A veces, esta violencia se ejerce sobre otra persona significativa para ella, llegando incluso a dañar a las mascotas. El objetivo final es dañar a la mujer, golpearla donde más duele" (Vaccaro, 2021, p.11), agregando que su forma más extrema es el asesinato de las hijas e hijos, buscando dañar irreversiblemente a su víctima.
Generalmente, esta violencia surge cuando las leyes y la justicia ponen obstáculos al hombre en su afán de dañar a la mujer que considera como su propiedad, por lo que traslada sus ataques hacia sus hijas e hijos. Como relata Vaccaro:
Todos los días vemos cómo hombres que durante el matrimonio no se preocuparon ni interesaron por sus hijas/os, en el momento del divorcio, solicitan la custodia compartida y algunos solicitan la custodia plena, sólo por su afán de continuar en contacto con la mujer para mantener el control y seguir ejerciendo todo su poder, ahora a través de los hijos/as (Vaccaro, 2021, p.10).
Entre las formas que puede tomar esta forma de violencia, se cuenta: ser negligentes con los cuidados, no devolver los niños o niñas a la hora, hablar mal de la madre frente a ellos/as, convencerles de que vigilen a la madre o que la insulten y esto puede escalar hasta agresiones físicas y/o sexuales y el asesinato, como resume la investigación de la periodista Miriam Ruiz Salmerón (2023). Mientras que las académicas Bárbara Jalife y Yaranay López Angulo (2022), identificaron que la violencia vicaria puede tomar forma directa o indirecta.
Por indirecta, se refiere aquel daño que se produce en niños, niñas y jóvenes por atestiguar la agresión que ejerce el progenitor en la madre, haciéndoles sentir en indefensión; esto generalmente ocurre al momento de entrega o recepción de niños, niñas y adolescentes (NNAs). Mientras que la victimización directa son todas aquellas agresiones que se ejercen directamente sobre el NNA. El estudio identificó siete: violencia psicológica, violencia física, violencia sexual, violencia económica, violencia judicial, negligencia o abandono y violencia vincular (Jalife & López Angulo, 2022). .
La violencia judicial y la vincular son probablemente las más nuevas. Por violencia judicial, las autoras lo describen como “exponer a NNA a múltiples peritajes y procesos judiciales; ser entrevistados por personas no expertas que revictimizar al niño/a; demandas de tuición o de vulneración de derechos reiteradas en contra de la madre” (Jalife & López Angulo, 2022, p.15); en general, este estudio caracteriza al Estado como un ente burocrático, revictimizante y poco efectivo en la protección de las víctimas. Mientras que por violencia vincular se entiende “hablar mal de la madre y de la familia materna, impedir el contacto con la madre durante las visitas, no entregar al NNA, acusar abandono por parte de la madre y solicitar custodia” (Jalife & López Angulo, 2022).
Cabe destacar que la violencia también se puede ejercer a través de teorías pseudocientíficas, como es el caso del Síndrome de Alienación Parental propuesto por Richard A. Garner, la cual, resumidamente, “afirma que la madre manipula la percepción de sus hijos para lograr su aversión hacia el padre maltratador. Pero esta teoría sin sustento científico además cae en "en uno de los estereotipos con base en el constructo de género por antonomasia: la vesanía y maldad consustancial de las mujeres" (Ruiz Salmerón, 2023, p.15). Es a través de esta teoría, expuesta constantemente en Tribunales, que se exige mantener las visitas y tuición compartida, aunque estén ocurriendo diversas formas de violencia. .
Es en este contexto y marco teórico que surgen las preguntas: ¿Estamos ante una nueva forma de violencia imbricada entre el género, la violencia vicaria y las tecnologías? ¿Podemos definirla como violencia vicaria digital? ¿Qué características particulares tiene? ¿Cómo se expresa? ¿Cómo le hacen frente estas mujeres? ¿Y cómo debería abordarse desde el Estado y las comunidades? .
Esta investigación tuvo como principal objetivo corroborar la existencia de esta nueva forma de violencia de género facilitada por tecnología. Los objetivos específicos incluyeron: definir y caracterizar esta violencia; describir sus formas de expresión; examinar estrategias de resistencia de las mujeres afectadas; y evaluar respuestas institucionales.
Metodología
Para resolver estas preguntas, se decidió abordar la investigación desde la perspectiva de género y el conocimiento situado (Haraway, 1995). La herramienta de investigación fue la aplicación de un guion a grupos focales compuestos por madres sobrevivientes de violencia vicaria, activistas por la maternidad y los derechos de los NNA, mujeres y madres en general de distintos territorios de Chile. La información cualitativa obtenida fue analizada con el software Atlas.ti. .
Cabe destacar que, aunque hubo una masiva cantidad de solicitudes para participar del estudio (88 respuestas en el formulario de inscripción), finalmente solo se pudo entrevistar a 10. La misma situación de violencia vicaria que atravesaban y la carga del trabajo doméstico y de cuidados impidió que muchas se pudieran conectar. Junto con esto es importante señalar que hubo solicitudes de mujeres de otros países que querían participar, por lo que parece ser un fenómeno extendido. .
Finalmente, se realizaron 2 grupos focales con 9 asistentes en total; además, 1 asistente hizo llegar sus respuestas de manera escrita vía correo electrónico, dando un total de 10 participantes de la investigación. Por ende, se trata de una muestra no probabilística. Las 10 mujeres residen en Chile, tienen una diversidad de edades, profesiones u oficios y una de ellas es migrante. Las transcripciones fueron analizadas en torno a 6 códigos, que se detallan a continuación:.
Experiencias de violencia vicaria/género “tradicional”
Experiencias de violencia digital 3. Intersección de violencia vicaria y digital
Violencia económica
Relación con la tecnología
Recomendaciones para el cambio.
Respecto a consideraciones éticas: primero, es importante destacar que esta investigación nace desde la misma necesidad y solicitud de agrupaciones de mujeres sobrevivientes de violencia vicaria y/o sobrejudicializadas. Segundo, que antes de aplicar el guion a los grupos focales, este fue revisado por la organización Maternajes Judicializados para corroborar que no fuera revictimizante, como también acorde al contexto de las mujeres que atraviesan este tipo de violencias, por lo que ellas también son parte de la metodología — por seguridad, no se les individualizó con sus nombres—. Finalmente, cada participante firmó un consentimiento en el que se explicaba que se trataba de una investigación de la ONG Amaranta, el objetivo de esta y la política de protección de datos personales. Además, existió el compromiso de devolver los resultados a las organizaciones mediante un policy brief (Ananías Soto et al., 2025). Las participantes firmaron un consentimiento informado, autorizaron la grabación de los focus group bajo políticas de protección de datos, el análisis y la publicación del informe. Junto a ello, se les adjuntó las preguntas a conversar durante el grupo focal, para que las conocieran de antemano, siempre con la posibilidad de abandonar el espacio si sentían algún tipo de victimización secundaria.
A continuación, se comparte el análisis en profundidad, además de extractos de sus testimonios. No se compartirán las transcripciones originales bajo ningún formato, debido a que contienen detalles que podrían permitir dar con sus identidades, amplificando la violencia.
Si bien, se sabe que existen mujeres deudoras de alimentos y/o que pueden ejercer violencia intrafamiliar, se trata de un porcentaje considerablemente menor (en 2024, sólo el 4% de los deudores de alimentos en Chile eran mujeres), por lo que las investigadoras decidieron centrar sus esfuerzos en la situación más urgente y en la población más grande: mujeres sufriendo violencia por parte de ex pareja que es varón y deudor de alimentos.
Resultados
Experiencias de violencia vicaria
El primer análisis arrojó 46 testimonios de violencia vicaria “tradicional”. Esta se expresaba de diversas formas, pero una de las más frecuentes era la violencia judicial, seguida por otras manifestaciones como la violencia vincular, violencia psicológica y negligencias. La violencia vicaria de tipo judicial se traducía primero en una sobre judicialización: una de las formas de atacar a las madres y a sus hijos o hijas es someterles a constantes denuncias y causas legales, las cuales muchas veces terminan descartadas, pero producen daño psicológico, económico y revictimización:
“Me divorcié hace seis años, pero los he pasado en tribunales con 13 causas que ha iniciado mi exmarido: proteccionales, apelaciones. Si bien ya no tiene el acceso físico, tiene esta cosa del acoso psicológico usando las instituciones, porque puede demandar mientras tenga plata”.
“Yo llevo casi tres años en Tribunales de Familia y me impacta el constante maltrato hacia las mujeres. Como que uno fuera por gusto; te están obligando todo el rato a llegar a acuerdos”.
“Al final tú sostienes una relación con este tipo, porque tienes una obligación con él; porque desde el tribunal te obligan a tener una vía para comunicarse, cuando en realidad, en casos de violencia de género, hay que tener contacto cero”.
En este ítem también se incluye la persecución penal de una madre que debió huir desde otro país con sus hijos por un paso no habilitado para escapar de su agresor. A pesar de que intentó regularizar su situación, fue acusada de secuestro y malos tratos:
“Yo arranqué de Argentina [hasta Chile] por un paso no habilitado, porque tuve muchos problemas. Cuando me separé por violencia física, me cambié de localidad y un grupo de mujeres, sin conocerlas prácticamente nada, nos protegieron mucho [...] tuve que presentarme a audiencia acá en Chile por secuestro, porque para esas cosas los tribunales son súper rápidos, pero cuando yo llegué a Chile y me auto denuncié, nadie nos tomó en cuenta”.
Además, se identificó que muchas de estas causas se generaron por procesos de revinculación forzados entre los hijos y el padre, a pesar de que existía registro de episodios de violencia anteriores, ya sea contra la madre o los niños, niñas o jóvenes:
“El papá en el verano fue violento con el hijo. Mi hijo llegó un estropajo de niño no, en un mes me lo hizo bolsa, me lo entregó súper mal. Yo hice la denuncia en el programa PPF y dejé constancia, pero el tribunal no tuvo una resolución definitiva, solamente se quedó con que el hijo podía decidir cuándo ver o no ver al padre [...] mi hijo no lo quiere ver, lleva dos años sin verlo, sin contestar llamadas, sin vídeollamadas [...] y hoy en día el tribunal está viendo en audiencia la revinculación”.
Junto con esto, la violencia vicaria se veía profundizada por estereotipos y sesgos de género presentes en el personal judicial: jueces y abogados que subestiman la violencia, cuestionamientos a su rol de madres, abandono de casos por parte de abogados y exceso de peritajes fueron identificados en sus testimonios:
“En una ocasión decidí salir de esa casa, porque me sentía en riesgo vital. Y fui a hablar con una consejera técnica del Tribunal, que me sentía en riesgo y que no sabía si mi hijo iba a estar bien estando con él. Y me decía ‘que él sea malo con usted, no significa que él sea mal papá. Y, además, usted ya lo perdonó una vez. O sea, a lo mejor después se arreglan de nuevo’. Y yo le decía ‘pero si me amenazó’ y como que les costaba entenderlo. Me decían ‘si perdonaste una, puedes perdonar otra y no significa que sea violento contigo. Él adora a los hijos’”.
Además de los Tribunales de Familia, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, los Programa de Prevención Focalizada para niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos (PPF) se vislumbra otra institución muchas veces vinculada a este tipo de violencia: los espacios educativos, que en algunos casos han servido de contención para las madres y sus hijos e hijas, pero en otros, se han convertido en un arma en contra:
“Cuando coloca la niña en el jardín, él se coloca como apoderado, también a mi ex suegra y no me coloca a mí y ahí comienzan una serie de violencias, como xenofobia [...] entonces cuando vuelvo a buscarla [tras un periodo resolviendo mi situación económica], me lleva al jardín y ahí la tía me dice ‘no, es que yo no le puedo entregar a su hija porque usted no es la apoderada’. Y le dije ‘¿pero cómo? Si yo soy la mamá’. Y el tipo me estaba grabando y me dijo ‘nos vamos a ir a mediación’. Me ofusqué tanto que lo empujé, llamaron a Carabineros y me llevaron detenida”.
Finalmente, se detectaron casos en los que la forma de violentar, era a través de la negligencia del cuidado de los niños y niñas:
“Mi hijo llegó mal después del verano, cuando llegó de sus vacaciones con el papá. Llegó con depresión, sintomatología de depresión, insomnio, pérdida de control de esfínter, ansiedad, todo lo que te puedas imaginar”.
Experiencias de violencia digital
El estudio también exploró experiencias de violencia digital que afectaron directamente a las mujeres y la cantidad de códigos fue considerablemente menor (7 en total). No porque no fuera una problemática en sus vidas, sino porque lo más común era que estuviera imbricada con la violencia vicaria.
Esto va en línea a lo que conocemos de la violencia de género facilitada por tecnologías, que se caracteriza por ser personalista y atacar, entre muchos factores, a las relaciones y el entorno de las víctimas. Esto arroja que no se les ataca solo como mujeres individuales, sino que abarcando lo que ellas definen como “lo que más me duele”: sus hijos e hijas.
Los testimonios registrados en esta categoría se dividían entre tres principales formas de ataques: funas (Funar: denunciar públicamente a una persona ante una comunidad. Similar al escrache) en redes sociales (que muchas veces las afectan en sus emprendimientos o en el acceso a otros trabajos), control digital mientras estaban en la relación y hackeos de dispositivos o plataformas:
“Un día me desperté en la noche y tenía el dedo puesto en el teléfono: él me estaba desbloqueando el celular para leerme los mensajes”
“Él también ha contratado a hackers. Una vez atacó mi cuenta del banco, fue terrorífico”.
“Descubrí que había hackeado mi correo, como tres años después. Se estaban reenviando correos de amigos hacia él para usar como prueba para divorcio culposo” (Divorcio culposo: Opción legal que proporciona el término del matrimonio cuando el otro cónyuge ha cometido una falta grave que ha hecho insostenible la vida en común. En el caso mencionado, intentaba acusarla de infidelidad).
“A mí me funó el tipo en su cuenta y ahí está, en total impunidad”.
“Cuando estábamos recién separando, me di cuenta en mi notebook que había buscado todos los lugares por donde yo había transitado con Google Maps. No sé cómo es eso. Y yo sé porque me quería acusar de divorcio culposo”.
La intersección: Violencia vicaria digital
Una de las principales preguntas que guiaron esta investigación, era determinar si existía una nueva forma de violencia de género facilitada por tecnologías, ubicada en la intersección entre la violencia vicaria y la violencia digital. Y tras encontrar 53 códigos con experiencias de este tipo de violencia, se corrobora la hipótesis y se puede establecer que existe la violencia vicaria digital, la que describimos en la figura 1.
Figura 1. Se establece la existencia de la violencia vicaria digital y sus principales expresiones.
Analizando los 10 testimonios, se logró caracterizar la diversidad de formas que puede tomar. Entre estas se cuenta:
● Hipervigilancia de la sobreviviente de violencia, de su vida y todo lo que hace a través de diversas tecnologías: revisión de redes sociales utilizando a terceros o cuentas falsas, envío de correos o mensajes que deben ser contestados automáticamente, instalación de programas de espionaje y geolocalización forzada son algunas de las estrategias que utilizan los agresores.
● Uso de tecnologías -algunas ordenadas por los mismos tribunales-para violentar: Especialmente, vídeollamadas mandatorias, seguidas por correos definidos para coordinar visitas.
● Uso de tecnologías para conseguir pruebas de que son “malas madres” y así continuar la sobre judicialización. Esto incluye fotografías, grabaciones de voz, vídeos y pantallazos sacados de redes sociales.
● Violencia vincular facilitada por tecnología: Apariciones aisladas en la vida de los hijos o hijas a través de tecnologías, para luego volver a cortar el contacto.
● Uso de redes sociales para cambiar y tomar el control de la narrativa a su favor. Generalmente, a través de difamación personal y profesional, como también la construcción del relato de un “padre abnegado y preocupado”.
En cuanto a la hipervigilancia facilitada por tecnología, esta puede ocurrir durante las visitas de los hijos e hijas, como también ocurrir a distancia y abarca desde el uso de softwares especializados para el espionaje, como también acciones más “rústicas”, como redirigir correos, cambiar el correo de respaldo de Whatsapp al del agresor, colocar el dedo en el lector de huella para desbloquear un dispositivo o utilizar cuentas falsas o a terceros para revisar sus redes sociales:
“Un día, me di cuenta que mi teléfono estaba raro y era él que le habían puesto una cuestión que era como un espejo. Entonces se leían mis WhatsApp en otros dispositivos. No sé cómo se llama ese software y me enteré cuando en la demanda él respondió con pantallazos descontextualizados de cosas”.
“Tuvimos que poner un recurso, porque lo pillamos de nuevo haciendo lo mismo con mi hija mayor [desbloquear el celular con su dedo mientras ésta dormía]. Lo hizo para leer los mensajes, para ver lo que hablamos nosotras”.
“Mi otro hijo cumplió años y yo subí unas fotitos al WhatsApp. No le hice nada extraordinario porque estábamos pasando por este proceso de no ver a la niña [...] El error es que yo no había quitado a una pariente que yo tenía de él, no la había bloqueado los estados. Así que, cuando él me responde la demanda me dice ‘tengo evidencias que ella está feliz sin la niña’ y eran esas fotos”.
Esta expresión de la violencia vicaria digital iba directamente de la mano con el uso de tecnologías para el acoso, violencia, control y hostigamiento. Aquí la herramienta que más utilizaban eran las mismas vídeollamadas mandatorias que los tribunales ordenaron para que mantuvieran el vínculo con los hijos o hijas, las cuales fueron señaladas como una gran problemática por parte de las sobrevivientes. En otras ocasiones, se utilizaba el número o correo designado para coordinar las visitas:
“El domingo tenía que entregar a los niños a las 18:00 horas y me mandaba correos toda la noche del sábado. 21 correos, 20 correos, 15 correos. Pasó muchas veces que decías ‘si no me respondes ahora, significa que no quieres a los niños, esta es tu última oportunidad’. Obviamente yo no los leía. Finalmente lo fue explotando tanto, que conseguí que [en Tribunales] cortaran cualquier tipo de comunicación”.
“Yo le tengo un teléfono a mi hija mayor desde que me separé. Y cuando no le contestaba el teléfono, me llamaba a mí y a veces le explico que no estoy con ella. Y él seguía ‘¿pero, dónde estás? ¿por qué no estás con las niñas a las 7 de la tarde?’ ‘Porque estoy en el trabajo’, respondía. Y yo después me decía: ‘¿Por qué le tengo que dar explicaciones de dónde estoy si ya no tenemos nada que ver?’"
“Viví mucha violencia mediante vídeollamadas que tuvo el papá de mis hijos con ellos durante dos años sin parar de lunes a lunes. Fue como una tortura. Yo sabía que todos los días a las 18:00 de la tarde iba a estar esa llamada y esa llamada podría ser perjudicial. Entonces tenía que buscar un entorno donde ‘ya hijo, a tu pieza para que puedas hablar tranquilo’. Y cuando no se cumplían ciertas normas que él creía que estaban bien, las llevaba al tribunal”.
También era frecuente que los agresores utilizaran las tecnologías para conseguir supuestas pruebas de una maternidad negligente:
“El papá le ha tomado fotos. Tiene un álbum de fotos de no sé: de picadas de pulgas, de que llegaba sucia, del pelo enredado, del pantalón muy corto. Siempre encuentra algo malo. Una vez me escribió un correo de que tenía documentado todas las "negligencias" que yo había cometido con nuestra hija”.
“Una vez, la página del jardín subió una foto. Estoy hablando de un periodo de pandemia, cuando ya habían retornado a clases acá y los niños estaban sin mascarilla. Entonces el tipo fue y agarró, pescó y subió la foto al tribunal. Dijo que todo el mundo estaba vulnerando al niño, porque había una foto en el jardín donde estaba sin mascarilla. Ese nivel”.
“Cuando llegamos a otra audiencia, porque me ha seguido demandando, él se conseguía alguien o perfiles falsos para ver mis historias y las llevaba impresas”.
Otra problemática que identificaron las madres sobrevivientes de violencia vicaria digital, era el uso de las redes sociales y otras tecnologías para cambiar la narrativa y tornarla a su favor:
“Yo nunca me quejo de él; uno nunca habla mal del papá de los hijos. Pero cuando de repente digo algo me dicen ‘ay, pero si él es tan buen papá, él sube siempre fotos tan lindas a Instagram’. Y son fotos que me robó de mi cuenta. Así son: cuentan cosas y desde fuera ellos se ven distintos. Como que usan las redes sociales a favor de ellos y a una la van empujando a salirse de ahí”.
“Me sorprende el uso de redes sociales de ellos como para su favor y socialmente, porque aparte del entorno de uno, que sabe la verdad, desde fuera está contada la historia de otra manera. Yo encuentro que es siniestro todo”.
“Mi ex pareja, que es el papá de mi hijo, llegó al extremo de usar redes sociales para difamarme, diciendo que había secuestrado a nuestro hijo y ofreciendo una ‘recompensa’ por información. Esto fue compartido entre familiares y amigos, exponiéndome y generando un acoso constante hacia mí”.
“Él venía a dejar a mi hijo y veía como que él me empezaba a insultar, a gritar y a ponerse súper violento y de repente, cachaba que su pareja me estaba grabando. Y claro, ellos buscaban tener algún medio de prueba para poder denunciar usando lo digital”.
Cabe notar que la violencia vicaria digital puede ser ejercida por los mismos tribunales, al someter a las mujeres a una sobre judicialización, bombardeo de información y procesos revictimizantes que se imbrican con las tecnologías:
“A una le llega la notificación al correo, de que te debe mandar no sé qué. Te metes a la página de la Oficina Judicial Virtual y ves todas las cuestiones que suben ahí y es súper confuso al principio. Primero no entendía nada, se me apretaba la guata, a mí me hacía muy mal cuando me llegaba ese correo [...] leía que el correo era del Juzgado de Familia, veía el remitente y me venía la crisis [...] lo tenía que leer 80 veces para entenderlo, me estresaba”.
En este sentido, se hace necesario replantear las plataformas digitales que median en estos casos de violencia, para que su mismo uso no sea estresante ni revictimizante para las denunciantes, especialmente aquellas que sobrevivieron violencia de género.
Afectaciones a la autonomía económica
Si bien no era el objetivo de la investigación pesquisar la violencia económica, ésta surgió continuamente en las conversaciones con las sobrevivientes. Por una parte, apareció al conversar sobre la sobre judicialización, la cual, además de afectar a nivel psicológico, también hacía mella en las finanzas de las sobrevivientes:
“Al final, que él tenga recursos económicos es súper frustrante. Yo muchas veces dije en la audiencia ‘¿sabe qué? Estoy cansada, no tengo más plata, trabajo extra para pagar los abogados, no veo ni a mis hijos’ y él, así como ‘entonces yo los veo’. Y la jueza me decía ‘lo lamentamos, nosotros sabemos que esto es como inviable que él esté pidiendo cambio de régimen de visitas a mitad y mitad, cuando las tiene suspendidas por violencia. Para nosotros también es como irrisorio. Pero mientras un ciudadano tenga la capacidad de pagar defensoría y no esté interdicto, puede denunciar y demandar todas las veces posibles’. Entonces yo tenía que pagar Defensa Civil por cada juicio…”
Junto con ello, hubo agresores que intentaron liberarse del pago de pensión de alimentos, argumentando que su ex pareja ganaba lo suficiente:
“Soy cuidadora de una niña con discapacidad, entonces en los trabajos formales me van echando porque tengo que salir a cada rato a ver cosas de mi hija. Entonces me he ido armando otros emprendimientos y cuando los subo a redes sociales, él toma el pantallazo y los sube a los documentos del tribunal, diciendo que me estoy forrando” (Forrando: Se refiere a que se estaría llenando los bolsillos de dinero).
“Yo publicaba que vendía zapatos y él sacaba pantallazo, no sé cómo o me encontraba en Mercado Libre y decía ‘quiero rebaja de pensión porque ella está lucrando con esto y esto era parte del matrimonio’"
Por otra parte, en varias ocasiones los agresores utilizaron las mismas redes sociales para difamar a las mujeres y cuando no podían acceder y atacar en sus perfiles personales, iban tras sus emprendimientos:
“Es importante hablar del tema de los emprendimientos. Muchas mujeres en esta misma situación [de violencia vicaria] tienen que emprender en las redes sociales. Pero al mismo tiempo, no puedes usarlas, porque todo lo que diga puede ser todo lo que aparezca ahí puede ser usado en tu contra. Yo le he tenido que dar instrucciones hasta a mis papás, porque por mi profesión las utilizo, aunque cada vez menos”.
“Tenemos compañeras que les hackean la cuenta de los emprendimientos. O que no pueden tener dos teléfonos, onda, uno para trabajar y otro para la vida personal y se les mezcla todo [los episodios de violencia]. Entonces ahí atenta también contra la autonomía económica”.
“Me acordaba que yo también tenía un emprendimiento. Que tampoco decidí continuarlo adelante porque yo veía como la pareja actual de mi ex marido me veía las historias”.
Además, las funas y difamaciones en el espacio digital tuvieron repercusiones en su búsqueda de trabajo formal: “Ahora estuve buscando trabajo y tuve miedo. Vuelvo a esos espacios porque yo siempre he trabajado en el área judicial. Y tuve miedo de que alguien así viera mi nombre en la funa”.
“Estuvimos casados como dos o tres años y yo decía ‘ya que diga lo que quiera, me da lo mismo’. Pero en un minuto me di cuenta que me empezó a jugar en contra, incluso en el trabajo. Porque nos movemos en el mismo ámbito profesional, entonces tampoco hay tantos espacios donde estar. Y yo sé que está el mundo contaminado en mi contra”.
Todas estas expresiones de la violencia económica, que devienen de la violencia vicaria y digital, ponen en riesgo la autonomía económica de las mujeres.
Afectaciones en la relación con la tecnología
El 11 de junio de 2011, las Naciones Unidas declararon el acceso a Internet como un derecho universal. Esto debido a que permite acceder a una serie de derechos humanos: desde la libre expresión, hasta el acceso a salud y educación. Mientras que el 4 de julio de 2018, este mismo organismo multilateral adoptó la resolución sobre los derechos humanos en Internet, para así garantizar su promoción en el espacio digital. Es por ello que es preocupante detectar que la relación entre estas sobrevivientes y las tecnologías está afectada, marcada y limitada por la violencia vicaria digital.
Por un lado, varias entrevistadas declararon que la Internet y las redes sociales han sido importantes para ellas para encontrar apoyo en otras madres atravesando lo mismo o para obtener consejos o información útiles para sus rutinas; además, un par declararon ser inmunes a los comentarios en estos espacios. Pero la gran mayoría, declaró que publicaba y opinaba menos y cada vez tenía menos contactos en Internet y las redes sociales, porque se sentían constantemente vigiladas, escrutadas y juzgadas. Dado que incluso sus publicaciones habían terminado en tribunales:
“Yo hace como más de un año, como que casi que no existo en Instagram. Mi estado de Whatsapp es lo mismo, porque todo era usado en mi contra”.
“La Internet es útil, pero también se ha convertido en un espacio donde mi maternidad ha sido atacada injustamente, lo cual me ha generado mucho dolor. En general, prefiero mantener un perfil más privado. No suelo comentar sobre noticias o problemas locales porque me preocupa cómo pueden malinterpretar mis palabras”.
“Yo, en este momento, tengo miedo de usar redes. Ni publicar nada, ni escribir nada. Es más, todas las claves las he cambiado por temor a que me vayas a hackear, porque él sabe mucho de tecnología y me da hasta miedo eso”.
“Es una relación súper incómoda con las redes, porque siento que no puedo expresar todo lo que yo quisiera. Siento que todo puede ser vigilado y no sé, voy cortando cada vez más, podando más mis redes, mi árbol de contactos”.
“No puedo expresar todo lo que yo quisiera expresar, porque todo se me es juzgado”.
“Le tengo temor. Y eso demuestra que vivo violencia también, porque tengo que ser súper cautelosa con lo que publico”.
Esto da cuenta de cómo la violencia vicaria digital tiene efectos multidimensionales en las vidas de las víctimas y sobrevivientes y cómo va coartando derechos que van desde la autonomía económica -revisada en el ítem anterior-, como a la libre expresión y a formar redes y comunidades seguras, tal como sintetiza la figura 2.
Figura 2. Efectos de la violencia vicaria digital en la vida de las sobrevivientes y víctimas.
Reflexiones y recomendaciones desde las sobrevivientes
Por un lado, el diálogo e intercambio de experiencias de las participantes fomenta una serie de reflexiones en torno a las violencias que estaban viviendo, que serán recogidas en este segmento. En paralelo, también se les consultó sobre sus propias recomendaciones a las autoridades, para incorporarlas al cierre de este informe. Una de las reflexiones que se reiteró en ambos grupos focales, fue que había muchísimos puntos en común entre sus experiencias de violencia vicaria digital, como si reiteraran las mismas estrategias para atacarlas:
“Me emocioné escuchándolas porque [la forma en la que violentan] es como un manual, como una receta. Es como leer la receta para hacer una cazuela. La diferencia es que la comida es rica y uno la disfruta. Esto no”.
“Me sorprende escucharlas a las dos. Cómo esto es tan común entre nosotras y cómo también lo normalizamos tanto. Ayer mismo yo hablaba con mi con mi actual cuñada y ella también vivió lo mismo”.
A esto, se sumaron diálogos respecto a cuánto cuesta ir desnormalizando y visibilizando estas formas de violencia, que a ratos ni siquiera tienen nombre en los mismos tribunales:
“Soy de una generación que tiene una tolerancia un poco mayor a la violencia, siento. Como que te controle es normal [...] mi hija me decía ‘esto es violencia digital lo que nos están haciendo, y no podemos dejarlo pasar’ y yo estaba como ‘ya déjalo, si tu papá es así, es raro’. Y aún me sigo sintiendo alaraca”.
Me demoré siete años en entender que no tenía que darle explicaciones.
En general, existe miedo, angustia y decepción en torno al actuar de los tribunales y otras entidades judiciales, que terminan revictimizándolas y afectando su calidad de vida y la de sus hijos o hijas:
“Yo tengo que hacerle frente al tribunal, porque siento que es el enemigo. Es que es horroroso”.
“El sistema judicial es violento si alguien tiene plata y el otro está en diferente posición”.
“Vuelvo a esta premisa que la Bárbara Porter ilustra tan bien cuando dice que vamos al tribunal con un problema y volvemos con 234 problemas”.
Otra reflexión importante fue cómo el estar constantemente sometidas a violencia les afecta a tal nivel mental y psicológico que impacta en su propia capacidad de maternar:
“Vivir violencia también te impacta en tus competencias parentales. Podría ser una mejor mamá, podría estar más disponible, podía estar más contenta, más dichosa, pero estoy pal’ hoyo (sic) y me ha costado mucho reparar que esta maternidad deseada por mí se transformó en mi mayor infierno”.
En cuanto a sus recomendaciones para transformar este escenario, las entrevistadas mencionan principalmente las siguientes temáticas:
● Incorporación efectiva de la perspectiva de género al quehacer judicial, incluyendo la desnormalización y subestimación de violencias, especialmente la psicológica y digital.
● Formación en violencia vicaria y violencia digital para distintos profesionales que trabajan en el Poder Judicial, con hincapié en jueces/juezas, abogados/as y curadores/as ad litem. En el caso de estos últimos, considerar que trabajen en dupla, en vez de una sola figura.
● Generar mecanismos que impidan la sobre-judicialización y que también respondan cuando se detecte que una persona está generando causas en base a información falsa o por motivos dañinos.
● Educación y sensibilización comunitaria tanto sobre violencia vicaria y digital, como también respecto al funcionamiento del sistema judicial, especialmente el área de Familia.
● Espacios seguros en los que pedir asesoría legal y apoyo psicológico (algunas de las participantes tuvieron buenas experiencias con el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, otras no)
● Programas de acompañamiento que aborden la violencia psicológica, digital y económica que pueden vivir las madres
Discusión
Este estudio establece la existencia de una nueva forma de violencia digital, la violencia vicaria digital, la cual se ubica entre la intersección de la violencia de género facilitada por tecnologías y la violencia vicaria offline que ha sido registrada por expertas como Sonia Vaccaro. Esto da cuenta cómo problemas propios de nuestra sociedad —desigualdad y violencia de género—, se imbrican con las tecnologías —que permiten la instantaneidad, el difuminado de fronteras geográficas, la viralización y el anonimato—, amplificando las violencias, que afectan especialmente a grupos humanos históricamente vulnerados, como es el caso de las mujeres que maternan.
Al igual como ocurre con otras formas de violencia de género facilitada por tecnologías, se trata de ataques que se caracterizan por ser personalistas, buscando “dañar donde más duele”: de hecho, la mayor parte de los ataques digitales que sufren las madres apuntan precisamente hacia su maternidad -por eso solo se registraron 7 códigos de violencia digital dirigida exclusivamente contra ellas. Junto con ello, en la totalidad de los casos existió violencia de género previa en la relación, por lo que esta violencia se convierte en una estrategia para continuar atacándoles a pesar de haber cortado con el vínculo sexual y afectivo y apuntando sus ataques hacia lo que más le duele, que es su relación con sus hijos o hijas y su bienestar; es así como la tecnología se convierte en la herramienta a través de la cual los agresores borran la distancia física.
En base a los testimonios, se logró caracterizar 5 formas en las que se expresa la violencia vicaria digital:
Hipervigilancia de la sobreviviente de violencia utilizando tecnologías
Violencia directa en base a tecnologías.
Uso de las tecnologías para recoger "evidencia" de una maternidad "mala" o "incorrecta"
Violencia vincular a través del uso de tecnologías
Uso de las redes sociales para cambiar la narrativa a su favor
Estas violencias se expresaban a través de técnicas y herramientas más rústicas -como el reenvío de correos, desbloquear el dispositivo usando huella de la persona dormida, uso de terceros para vigilar redes sociales-, como también más avanzadas -hackeo de cuentas bancarias y correos, instalación de programas de vigilancia-.
En general, esta violencia tendía a imbricarse con el mismo sistema judicial, convirtiendo historias, posteos y fotografías en armas a empuñar a su favor. Varias víctimas habían atravesado procesos de sobre judicialización, bombardeo de información legal y procesos revictimizantes.
Otro descubrimiento relevante de esta investigación es que esta misma violencia puede afectar la autonomía económica de las mujeres y de una diversidad de formas, lo que visibiliza los múltiples impactos que tiene en la vida de las mujeres y sus hijos o hijas.
Finalmente, destacamos que las mujeres que atraviesan este tipo de violencia identifican que han ido cortando sus redes en Internet y acallando su voz, lo que las aísla e impide que ejerzan otros derechos, como la libertad de expresión. Ellas declararon que se sentían constantemente vigiladas, escrutadas y juzgadas.
Si bien este estudio se situó desde Chile —con un caso que incluyó el cruce desde Argentina y una respondiente de nacionalidad venezolana—, cuando se difundió la inscripción en los grupos focales, llegaron decenas de solicitudes para participar desde países como Colombia, México y España, por lo que se trataría de un fenómeno que atraviesa fronteras y nacionalidades. Solo por nombrar un caso público y de la cultura popular, esto se refleja en situaciones como la de la cantante y compositora argentina del género urbano, Cazzu, quien ha sufrido esta violencia en manos de su ex, el cantante mexicano Christian Nodal; este, a pesar de no estar presente en la vida de su hija en común, Inti, ha utilizado medidas como procesos legales por la custodia y negar los permisos de viaje como forma de control y violencia (Rojas, 2025). Esta amplitud del fenómeno plantea desafíos —especialmente de financiamiento— para investigaciones a futuro.
En este contexto y en base a las mismas reflexiones y recomendaciones que las sobrevivientes y víctimas de violencia vicaria digital levantaron, es que recomendamos al Estado de Chile:
Formación permanente a trabajadores y profesionales del sistema judicial en perspectiva de género, con énfasis en reducir los sesgos sexistas.
Avanzar en torno a leyes y políticas públicas que aborden la violencia vicaria y violencia digital, dado que ambas permanecen en un vacío legal.
Incorporar la educación y sensibilización en violencia digital y violencia vicaria tanto en el sistema judicial como en las policías, aunque aún no existan leyes específicas al respecto.
Generar mecanismos que impidan la sobre judicialización de madres que han sufrido violencia de género, detectando a tiempo casos de violencia vicaria.
Mejorar los actuales espacios donde las mujeres sobrevivientes de violencia de género puedan pedir asesoría legal y apoyo psicológico, dado que SERNAMEG se ha vuelto insuficiente.
Incorporar educación sexual y no sexista transversalmente al sistema educacional chileno, de manera de progresar hacia una sociedad con mayor equidad en torno a labores de cuidado y se vaya erradicando la violencia de género.
Poder agilizar procesos de prohibición de acercamiento mientras haya procesos judiciales a través de la Ley de Violencia Intrafamiliar, N° 20066 (2024), que abarque el contacto y comunicación a través de medios digitales. O la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia en Contra de las Mujeres en Razón de su Género, N° 21675 (2024).
Crear plataformas monitoreadas de comunicación entre padres/madres e hijos en caso de ser necesario, o bien tercerizar esto.
Además, a raíz de las constantes intersecciones entre violencias y tecnologías que continúan generando nuevas formas de ataque, se realizó un material visual de apoyo denominado Montaña de la Violencia de Género Facilitada por Tecnologías (Luza et. al, 2025). Su objetivo es visibilizar las distintas formas e imbricaciones que puede tomar este tipo de violencia. No es un listado cerrado ni limitado, pero constituye un primer acercamiento didáctico para socializar la temática, como muestra la figura 3.
Figura 3. Montaña de la violencia de género facilitada por tecnologías.
Confeccionada por Valentina Luza, con ediciones y aportes de Cecilia Ananías,
Karen Vergara y Ana Carrillo.
Agradecimientos
Esta investigación fue posible gracias al apoyo del Fondo de Derechos Digitales de la ONG Derechos Digitales, y Numun Fund.
Fondo de Derechos Digitales - Convocatoria 2024 de la ONG Derechos Digitales y Seed,
Grow and Sustain 2.0 Fund de Numun Fund.
Conflictos de interés:
Ninguno, se trata de fondos activistas y ninguna de las investigadoras es madre
sobreviviente de esta violencia.
Editoras responsables:
Shirley Diana Franco Mancuello
Universidad Nacional de Canindeyú, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Sede Curuguaty. Paraguay.
Paula Emilia Gamarra Ruíz
Universidad Católica "Nuestra Señora de la Asunción". Asunción, Paraguay.
Contribución de los autores
Cecilia Ananías fue la encargada del proyecto. Generó la discusión bibliográfica de base, propuso un guion metodológico, condujo uno de los grupos focales y fue la encargada de analizar cualitativamente la información en Atlas.ti, generando los principales resultados y conclusiones. Correo electrónico: ananiascecilia@gmail.com
Karen Vergara realizó aportes a la discusión bibliográfica, condujo uno de los grupos focales y participó en la discusión de los resultados y conclusiones. Correo electrónico: karen.vergara.s@gmail.com
Valentina Luza revisó la discusión bibliográfica y participó en la discusión de los resultados y conclusiones. Correo electrónico: viole.amarantas@gmail.com
Disponibilidad de los Datos
de los datos de la investigación No están disponibles los datos en bruto de la investigación por la sensibilidad de la temática tratada y para resguardar la seguridad de sobrevivientes y víctimas.
Comentarios de evaluación
Este artículo fue sometido a un proceso de evaluación a través de revisión por pares en modalidad anónima, de acuerdo con la política de transparencia editorial de la revista. Los revisores, que participaron de manera anónima en este proceso, dieron su consentimiento para la publicación de los comentarios emitidos durante la revisión.
Comentarios de evaluación 1: Constituye un aporte original y relevante, al conceptualizar la violencia vicaria digital como una nueva forma de violencia de género facilitada por tecnología, aportando evidencia empírica desde Chile. El texto es sólido en términos metodológicos y teóricos, y ofrece recomendaciones útiles para el ámbito judicial y de políticas públicas. Recomendación: Aprobar la publicación con la sugerencia de incluir una declaración ética más explícita.
Comentarios de evaluación 2: El artículo cumple con los requerimientos establecidos por la revista para su publicación. No obstante, se identifican algunos aspectos que pueden mejorarse: se sugiere evitar el uso de “ibídem” en las citas, y reemplazar expresiones como “sin fecha, web” por la abreviatura s.f. conforme a las normas APA. En la sección metodológica, se recomienda respetar la regla de numeración de APA: escribir en palabras los números del cero al nueve, y utilizar cifras arábigas a partir del 10. Asimismo, se sugiere mantener la redacción en tercera persona para favorecer la formalidad académica. Se recomienda la publicación del artículo, previa incorporación de las correcciones sugeridas.
Referencias
Ananías, C., & Luza, V. (2023). Taller Seguras somos más fuertes. ONG Amaranta.
Ley 21675. (2024). Que Estatuye Medidas para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia en Contra de las Mujeres, en Razón de su Género. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1204220
Ruiz Salmerón, M. (2023). La violencia vicaria. Los menores como el arma más poderosa de un maltratador [Tesis de maestría, Universidad de Sevilla]. Depósito de Investigación Universidad de Sevilla.
https://hdl.handle.net/11441/151168
Save The Children. (2008). Manual de atención a niños y niñas víctimas de violencia de género en el ámbito familiar. Save The Children Child Rights Resource Centre.