EL PRINCIPIO “PRO PERSONA” COMO EJE RECTOR INTERPRETATIVO EN MATERIA DE DERECHOS FUNDAMENTALES
Palabras clave:
Pro-persona, Derechos FundamentalesResumen
La interpretación de los derechos fundamentales, tiene como
sujeto principal al individuo en toda su dimensión, es decir en la integralidad,
indivisibilidad e interdependencia de sus derechos civiles, políticos,
económicos, sociales, culturales y difusos, es por ello que el “Principio pro
persona” de rango constitucional, establecido en el Preámbulo de la
Constitución de la República del Paraguay, así como en el artículo 1 segundo
párrafo in fine, ilumina todo el espectro constitucional, a los efectos que el
intérprete pueda aplicar correctamente el precepto constitucional.
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Citas
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