RETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL. TORTURAS COMETIDAS EN LA DICTADURA EN PARAGUAY

Autores/as

  • Alba María González Rolón Universidad Americana

Palabras clave:

Prescripción penal, irretroactividad, principio de legalidad, tortura, Paraguay

Resumen

La prescripción en materia penal, constituye un límite al ius puniendi, límite a los propios Estados. Cada Estado, en atención a las necesidades sociales que legitiman el ejercicio de su ius puniendi, genera una regulación particular sobre este instituto y, por tanto, a nivel mundial, carece de uniformidad. En algunos países no se permite su aplicación a todos los delitos, en otros se prevén circunstancias para que no opere como modo de extinguir la responsabilidad de determinados partícipes. A modo de ejemplo, en el Derecho Italiano no la merecen los delitos más graves, de los cuales queda larga memoria en los hombres. En el Paraguay a partir de la Constitución Nacional del año 1992 y el vigente Código Penal del año 1997, también existen tipificados hechos punibles imprescriptibles que condicen con la realidad internacional de darles esta característica a los hechos determinados como graves y especificados en dichas normas de manera concreta. Conforme los institutos penales que pueden aplicarse al hecho punible de tortura, y las normativas internas e internacionales que tratan sobre el tema, cuáles serían los apropiados válidamente a ser aplicados.

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Citas

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Publicado

2019-06-13

Cómo citar

González Rolón, A. M. (2019). RETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL. TORTURAS COMETIDAS EN LA DICTADURA EN PARAGUAY. Revista Jurídica De La Universidad Americana, 6(1), 65–78. Recuperado a partir de https://revistacientifica.uamericana.edu.py/index.php/revistajuridicaua/article/view/190