EFECTOS DE LAS DISOLUCIONES EN LAS UNIONES DE HECHO Y DE DERECHO. ANÁLISIS DESDE LAS CUESTIONES DE GÉNERO
Keywords:
Unión de Hecho y de Derecho, Disolución del VínculoAbstract
La disolución del vínculo en las uniones de derecho así como en
las de hecho, trae como consecuencia no solo la ruptura de relaciones personales
y la consiguiente complejidad en el caso de existir descendencia común, sino
también la atribución del patrimonio según el modo en que la sociedad fue
constituida, sin perder de vista efectos que las leyes prevén conforme sea
declarada la culpa de uno o de ambos en función a las manifestaciones y
probanzas procesales.
Downloads
References
Caminando hacia la igualdad real: Manual en módulos. San José, Costa Rica: Naciones Unidas ILANUD UNIFEM. 425 p.Naciones Unidas. (2010).
Departamento de asuntos económicos y sociales: División para el adelanto de la mujer. Nueva York: Manual de Legislación sobre la Violencia contra la Mujer. 74 p.
LEGISLACIÓN Y PÁGINAS CONSULTADAS Constitución Nacional de 1992.
Ley No. 236/54 “De los Derechos Civiles de la Mujer”.
Ley No. 1.183/85 “Código Civil Paraguayo”.
Ley No. 1.337/88 “Código Procesal Civil”.
Ley No. 1/92 “De Reforma Parcial del Código Civil”.
Ley No. 213/93 “Código del Trabajo”.
Ley No. 496/95 “Que modifica, amplía y deroga artículos de la Ley 213/93 Código del Trabajo”.
Ley No. 1.160/1997 “Código Penal de la República del Paraguay”.
Ley No. 1.600/2000 “Contra la Violencia Doméstica”.